domingo, 23 de octubre de 2016

Gobierno decretó ley de 'muerte civil' para funcionarios corruptos

PERÚ EVENTOS EN VIVO.- El Poder Ejecutivo, en el marco de la delegación de facultades legislativas en materia de lucha contra la corrupción, publicó el decreto legislativo nº 1243 que establece y amplía el plazo de duración de la pena de inhabilitación principal e incorpora la inhabilitación perpetua para personas que han cometido delitos contra la administración pública.


En cuanto a la ampliación de la inhabilitación principal, ésta pasa de una duración desde seis meses a diez años a una duración desde cinco a 20 años.

En tanto, la inhabilitación perpetua, también llamada ‘muerte civil‘, aplicará cuando el agente actúe como integrante de una organización criminal, o cuando se conducta recaiga sobre programas con fines asistenciales, de apoyo, desarrollo o inclusión social, siempre que el valor del dinero, bienes, efectos o ganancias involucradas superen 15 unidades impositivas tributarias (UIT).

Estas medidas rigen para funcionarios o servidores públicos que hayan incurrido en los delitos de concusión, cobro indebido, colusión, peculado, malversación, soborno internacional pasivo, cohecho, tráfico de influencias y enriquecimiento ilícito.

La norma también establece que la rehabilitación automática —persona que queda rehabilitado porque ha cumplido su pena o medida de seguridad o se ha extinguido su responsabilidad— no opera cuando se trata de personas con inhabilitación perpetua.

Para el proceso de revisión de la inhabilitación perpetua, el órgano jurisdiccional que dictó la condena puede declarar la rehabilitación luego de transcurridos veinte años. “El condenado es declarado rehabilitado cuando se verifique que no cuenta con antecedentes penales por delitos cometidos durante la ejecución de la pena de inhabilitación, que no tenga proceso pendiente a nivel nacional y que no se encuentre registrado en el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles”, se indica.

El decreto legislativo nº 1243 también crea el Registro Único de Condenados Inhabilitados, que será publico. Las entidades públicas deberán consulta este listado antes de decidir cualquier nombramiento, bajo responsabilidad. Su reglamento estará listo en 60 días. Fuente: www.semanaeconomica.com

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